Red de Municipios Digitales de Castilla y León
14 de abril de 2010
Consejería de Fomento
Y aprueba su Ordenanza de Administración Electrónica estableciendo la Sede Electrónica de REGTSA en la dirección www.regtsa.es.
El Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Salamanca (REGTSA) estrena nuevo portal Web. El nuevo portal está dividido en 4 grandes áreas: REGTSA, Contribuyente, Ayuntamientos y Gestoría, donde se encuentran los trámites y procedimientos que REGTSA ofrece a los ciudadanos y ayuntamientos de su provincia. Además cuenta con un tablón de anuncios y un apartado de Destacados.
REGTSA viene trabajando desde hace años en la progresiva incorporación de las TIC a la gestión de los tributos facilitando la interacción con los contribuyentes y los ayuntamientos por medios telemáticos. Por ello, y en aras al cumplimiento de los objetivos y principios establecidos en la Ley 11/2007, considera imprescindible la aprobación de esta Ordenanza de Administración electrónica que desarrolla los aspectos básicos recogidos en la nueva legislación y que establece un conjunto de trámites electrónicos que incorporan el registro electrónico como soporte a la presentación de documentos y solicitudes.
En este sentido, la Ordenanza fija las reglas generales para la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones con otras Administraciones Públicas, así como en las relaciones con los ciudadanos, en el ámbito del Organismo Autónomo, con la finalidad de garantizar los derechos de los ciudadanos, un tratamiento común y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.
Además, con dicha ordenanza se crea la Sede Electrónica de REGTSA que se establece en la dirección de Internet: www.regtsa.es, de cuya gestión se encargará la Coordinación General del Organismo y estando dotada de un certificado que permite su identificación y el establecimiento de comunicaciones seguras con ella.
En el contenido de la Sede, se identifica a ella misma así como el órgano u órganos titulares y responsables de la gestión y de los servicios puestos a disposición en la misma y, en su caso, de las subsedes de ella derivadas. Además encontramos la información necesaria para la correcta utilización de la Sede, el acceso a las normas reguladoras del Registro Electrónico y a sus aplicaciones, así como los medios electrónicos para comunicarse con la Administración a los que se refiere el art. 27.4 de la Ley 11/2007 que serán, el canal telemático en la dirección electrónica de la Sede, el canal telefónico y los terminales situados en las oficinas de REGTSA. Además constará una relación actualizada de los teléfonos y oficinas a través de los cuales puede accederse a la misma que será publicada, asimismo, en el BOP.
En la Ordenanza, se pone de manifiesto que REGTSA facilitará por medios electrónicos, como mínimo a través de su Sede Electrónica, información sobre su organización y sus competencias, los procedimientos administrativos que tramita, con indicación de los requisitos esenciales y de los plazos de resolución y notificación. Además se tendrá acceso al estado de tramitación del expediente, a la publicación electrónica de actos y comunicaciones que deban publicarse en tablón de anuncios o edictos o a la comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por el Organismo Autónomo que hayan sido autenticados mediante código seguro de verificación entre otros.
https://www.regtsa.es/portal/